2025-10-27 05:30:13

Municipios no pueden restringir garantías individuales: Juan Aguado

  • Ni tampoco los gobernadores, solamente el presidente de la República.
Huejutla, Hgo.- Entrevistado en torno a las versiones consistentes en que el municipio debe de prohibir que se siga instalando el tianguis dominical para prevenir la expansión del COVID-19, el pasante, Juan Aguado Solares, especificó que la única persona que tiene la facultad para poder restringir las garantías individuales establecidas en la Carta Magna, es el Presidente de la República, en este caso, Andrés Manuel López Obrador. Agregó que ni los gobernadores y mucho menos los alcaldes, pueden en un caso dado, como en esta grave contingencia sanitaria que afecta a la sociedad en pleno, ejercer un poder coercitivo para evitar el tránsito de las personas o que realicen una actividad comercial. Sin embargo, explicó que de acuerdo a la Ley General de Salud, solo en los estados los gobernadores y la Secretaría de Salud pueden aplicar medidas de restricción sanitarias, como aislamientos y cuarentenas, más no coartar los derechos individuales. Añadió que los municipios pueden aplicar disposiciones sanitarias cuando firmen convenios de colaboración con la Secretaría de Salud y el gobierno del estado, si no, tienen que limitarse a ser auxiliares de prevención pues no pueden ir más allá de lo que la ley les permite. Para finalizar, Aguado Solares reiteró que como autoridades municipales pueden prevenir y verter una serie de sugerencias, pero ejercer un poder coercitivo no lo pueden hacer, no tienen facultad para ello, solamente el presidente de la República –puntualizó-. Por Salvador Altamirano

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