Por Francisco Rosas/Zunoticia
Huejutla, Hgo. – “Así como los menores de edad tienen derecho a recibir una pensión alimenticia, en caso de que sus padres se separen, los adultos mayores también pueden exigir este derecho a sus hijos o nietos”, afirmó el abogado postulante Oscar Ramírez San Agustín.
En el mismo contexto explicó, “La ley dice que la obligación de dar alimentos es recíproca: el que los da, tiene, a su vez, derecho de pedirlos y nosotros como padres, cuando los hijos son pequeños, por ley estamos obligados a darlos, pero cuando los hijos crecen y los padres entran a una etapa de la tercera edad, los padres tienen el derecho de demandar a los hijos el pago de una pensión alimenticia”.
De acuerdo con el artículo 301 del Código Civil Federal de México, las personas de la tercera edad tienen derecho a exigir que sus hijos les brinden este apoyo, pues la obligación de dar alimentos es recíproca y además, en el artículo 304, establece que los hijos están obligados a dar alimentos a los padres y a falta o por imposibilidad de los hijos, están los descendientes más próximos “nietos”, dijo el litigante del despacho jurídico San Agustín.
Para finalizar la entrevista, el jurista manifestó que, en esta región de la huasteca hidalguense, ya se han iniciado varias demandas por pensión alimenticia a favor de adultos mayores, que han sido abandonados por los hijos.